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El Gobierno apelará el fallo que frenó 83 artículos de la reforma laboral

La administración de Javier Milei confirmó que dará batalla judicial para revertir la decisión del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, que hizo lugar a una medida cautelar presentada por la CGT. La resolución suspende temporalmente la aplicación de 83 artículos de la Ley 27.802, pieza central del paquete de modernización laboral impulsado por el Ejecutivo.

El anuncio oficial llegó a través del Ministerio de Capital Humano. La ministra Sandra Pettovello utilizó sus redes sociales para ratificar que el Estado agotará todas las instancias judiciales con el fin de garantizar la «plena vigencia» de una norma que consideran vital para la reactivación del mercado de trabajo. Desde el entorno presidencial sostienen que la ley es una expresión directa de la voluntad legislativa y del mandato popular obtenido en las urnas.

Los argumentos de la Justicia y el reclamo sindical

La cautelar, solicitada por los cotitulares de la central obrera —Jorge Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo—, se fundamenta en la presunta inconstitucionalidad de los cambios. La CGT argumenta que la nueva normativa vulnera principios básicos como la libertad sindical, la no discriminación y el principio de progresividad de los derechos sociales, protegidos tanto por la Constitución Nacional como por tratados internacionales.

En su fallo, el tribunal explicó que la suspensión busca mantener el status quo para evitar «daños irreparables» mientras se analiza la cuestión de fondo. Entre los puntos que quedaron en suspenso se destacan:

  • La exclusión de trabajadores de plataformas tecnológicas del régimen general.
  • La eliminación de la presunción de relación laboral en prestaciones de servicios.
  • Modificaciones en la responsabilidad solidaria por tercerización.
  • Cambios en la jornada laboral, régimen de vacaciones y el derecho a huelga.

La estrategia oficial: defensa de la mayoría legislativa

Desde la Secretaría de Trabajo y la Procuración del Tesoro, el Gobierno rechazó la legitimidad de la CGT para representar colectivamente a la totalidad de los trabajadores en este expediente. Además, advirtieron que frenar una ley sancionada por el Congreso afecta la división de poderes y el interés público.

El conflicto escala en un momento donde el Ejecutivo busca dar señales de seguridad jurídica a los inversores. Por el contrario, para el sindicalismo, el fallo es una victoria política. Andrés Rodríguez, secretario adjunto de la CGT y referente de UPCN, calificó la medida como «un gran paso adelante», celebrando que la Justicia haya detectado vicios de inconstitucionalidad en un espectro incluso más amplio de artículos que los originalmente señalados.

¿Qué pasa ahora con los contratos vigentes?

Mientras la apelación sigue su curso y no haya una sentencia definitiva, el mercado laboral se regirá por el marco normativo previo. Esto significa que:

  1. Se mantienen las protecciones vigentes ante despidos.
  2. Sigue vigente la Ley de Teletrabajo (N° 27.555), que el Gobierno pretendía derogar.
  3. Continúa rigiendo el principio in dubio pro operario (en caso de duda, la justicia falla a favor del trabajador).

El Gobierno confía en que las instancias superiores —Cámara de Apelaciones o eventualmente la Corte Suprema— validen el texto de la Ley 27.802, argumentando que la modernización es el único camino para combatir la informalidad laboral en Argentina.