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Caso YPF: la Justicia de EE.UU. suspende apelaciones y ratifica el alivio para Argentina

En un nuevo capítulo judicial que refuerza la reciente victoria de la República Argentina, la Cámara de Apelaciones de Nueva York decidió poner en suspenso todos los recursos pendientes vinculados al juicio por la expropiación de YPF. Esta resolución se alinea de forma directa con el fallo previo que revocó la condena de USD 16.000 millones, otorgando un respiro fundamental a las arcas nacionales.

Como consecuencia inmediata de esta decisión, el tribunal canceló la audiencia que estaba prevista para el próximo 16 de abril. En dicha instancia, se debían tratar reclamos cruzados, entre ellos la impugnación argentina contra la orden de la jueza Loretta Preska, quien en su momento había solicitado la entrega de acciones de la petrolera estatal como garantía para los demandantes.

Especialistas en derecho internacional, como el ex subprocurador del Tesoro Sebastián Soler, señalan que estas medidas son «pasos lógicos» tras la sentencia de fondo. La suspensión de las actuaciones se mantendrá hasta que el fallo favorable a la Argentina quede firme, lo cual depende ahora de las próximas movidas de Burford Capital. El fondo de inversión, que adquirió los derechos de litigio de las empresas Petersen y Eton Park, enfrenta un escenario complejo: sus opciones se reducen a pedir una revisión plenaria por parte de la Cámara (en banc) o intentar llegar a la Corte Suprema de los Estados Unidos mediante un recurso de certiorari.

Ante este panorama, Burford solicitó una prórroga hasta el 8 de mayo para presentar sus apelaciones, argumentando compromisos personales y profesionales de su abogado principal, Paul Clement. A través de un comunicado oficial, el fondo calificó la decisión del Segundo Circuito como «decepcionante» y un golpe a los derechos de los accionistas minoritarios, aunque deslizaron que podrían trasladar el conflicto hacia arbitrajes de tratados de inversión.

El eje central de la victoria argentina radica en una interpretación soberana del derecho: el tribunal neoyorquino aceptó que las leyes dictadas por el Congreso de la Nación tienen preeminencia sobre los estatutos privados de una empresa, incluso si esta cotiza en Wall Street. Bajo esta premisa, la mayoría del tribunal determinó que el estatuto de YPF es un documento organizativo interno y no un contrato bilateral que obligue al Estado a indemnizar a privados bajo las reglas del mercado ante una expropiación por utilidad pública.

Este giro judicial desarma, por el momento, la estrategia de los demandantes que buscaban declarar al país en «desacato» y pretendían probar la figura del «alter ego». Dicho concepto legal intentaba demostrar que YPF y el Estado argentino son una misma entidad, lo que hubiera permitido el embargo de activos soberanos para cubrir la multimillonaria deuda que, hoy, parece quedar en el pasado.