El Gobierno de San Juan busca fomentar el empleo y la contratación de proveedores locales en la industria minera. Un nuevo proyecto de ley establece criterios para considerar a un trabajador como local y a una empresa como proveedor minero provincial.
El Gobierno de San Juan ha enviado a la Cámara de Diputados provincial un proyecto de ley que contiene el plan de Desarrollo de Empleo y el de Proveedores Mineros. El objetivo es fijar criterios más precisos sobre quién puede ser considerado trabajador local y qué condiciones debe cumplir una empresa para ser proveedor minero provincial.
Objetivos del Proyecto
La iniciativa plantea como meta que las mineras contraten al menos el 80% de trabajadores locales dentro de su nómina. Además, busca que las compañías realicen el 60% de sus adquisiciones a proveedores locales, con un esquema de preferencia para empresas de la comunidad de influencia directa, indirecta y del resto de la provincia.
Criterios para Trabajadores Locales
El proyecto propone priorizar al trabajador local de la comunidad de influencia, es decir, del lugar donde se encuentra la mina, siempre que acredite una residencia de dos años. Luego, se considerará la figura del trabajador local provincial, para la cual se exigirá al menos un año de residencia. Esto busca evitar que un «trabajador golondrina» de otra provincia sea encuadrado como local.
Requisitos para Proveedores
En materia de proveedores, la iniciativa fija requisitos concretos: contar con un establecimiento o lugar físico en San Juan, contratar trabajadores locales hasta en un 80% de la nómina, registrar todos los vehículos afectados a la mina y pagar sus patentes en la provincia, además de tener al menos el 51% del capital social sanjuanino. El objetivo es evitar empresas «de papel» o «sellos de goma» y promover radicación real y tributación provincial.
Plan de Desarrollo y Sanciones
Las mineras estarán obligadas a presentar planes de Desarrollo de Empleo y de Proveedores, detallando cómo van a llegar a esas metas a lo largo del tiempo. No se establecen cupos rígidos, sino parámetros a alcanzar. La iniciativa establece que no alcanzar las metas del 80% de empleo y 60% de proveedores locales no constituirá una infracción si la empresa demuestra limitaciones técnicas, falta de oferta de proveedores o carencia de mano de obra capacitada.
Incentivos y Sanciones
Si una empresa alcanza simultáneamente el 80% de empleo local y el 60% de proveedores locales, podrá acceder a un certificado de crédito fiscal para el pago de impuestos provinciales. Ese certificado podrá ser transferible, total o parcialmente, y por única vez a proveedores locales inscriptos en el RE.PRO.MIN., según la reglamentación que establezca el Ejecutivo. Por otro lado, se prevén sanciones para los casos en que las mineras no presenten los planes ni sus actualizaciones, falseen declaraciones juradas sobre origen de trabajadores y proveedores, o incumplan los objetivos que ellas mismas se hubieran fijado.

