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El Gobierno reglamentó la reforma laboral y los cambios en sindicatos

A través de cuatro decretos publicados en el Boletín Oficial, el Ejecutivo nacional definió el esquema operativo para la modernización laboral, que incluye nuevos controles gremiales, un fondo indemnizatorio y beneficios para la regularización del empleo.

El Gobierno nacional reglamentó este lunes una parte sustancial de la reforma laboral aprobada por el Congreso, definiendo el esquema operativo que modificará los convenios colectivos, la actividad sindical, el formato de los recibos de sueldo, las indemnizaciones y el empleo registrado.

Las medidas se formalizaron a través de los decretos 406, 407, 408 y 409 publicados en el Boletín Oficial. La norma principal, el Decreto 407/2026, establece nuevas reglas para la negociación colectiva, introduce mecanismos de control sobre las organizaciones gremiales y oficializa cambios clave en los recibos de haberes.

A partir de la nueva reglamentación, los recibos de sueldo deberán incorporar de forma obligatoria un apartado específico que exhiba el costo laboral total que afronta el empleador. Este desglose incluirá:

  • Aportes sindicales y contribuciones a la seguridad social.
  • Obra social y PAMI.
  • Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).
  • Otros conceptos vinculados a la relación laboral.

Respecto a las negociaciones paritarias, la normativa fija criterios para determinar cuándo un convenio colectivo podrá considerarse vencido. En los casos donde no exista una fecha de expiración expresa, la autoridad laboral podrá tomar como referencia el 31 de diciembre de 2026 para iniciar la renegociación.

Asimismo, se dispuso que los aportes y cargas económicas previstos en los convenios deberán computarse de manera global para verificar el cumplimiento de los límites legales. No se homologarán nuevos acuerdos que excedan estas restricciones.

El nuevo marco regulatorio introduce modificaciones en el régimen de asociaciones sindicales:

  • Proporcionalidad de directivos: Los cuerpos directivos deberán mantener una proporción razonable respecto a la cantidad de afiliados cotizantes. El Ejecutivo habilitará cruces de información con el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y otras bases públicas para su verificación.
  • Crédito horario: Los representantes gremiales deberán comunicar al empleador el uso de sus horas sindicales con al menos 48 horas de anticipación, garantizando la continuidad de las actividades de la empresa.
  • Disputa de personería: La organización que pretenda obtener la personería gremial en reemplazo de otra deberá acreditar una representación fehacientemente superior a la del sindicato preexistente.

La registración de los trabajadores se centralizará de forma digital a través de los sistemas de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), que gestionará altas, bajas y modificaciones de datos.

En el plano de la salud, las certificaciones médicas que indiquen reposo deberán emitirse por medios electrónicos mediante plataformas registradas y profesionales habilitados. Ante discrepancias entre el diagnóstico del trabajador y el control médico de la empresa, las partes podrán recurrir a una junta médica oficial. Por su parte, la ANSES tendrá la obligación de notificar a empleadores y agentes de salud sobre el inicio y fin de los trámites jubilatorios.

Mediante el Decreto 408/2026, se implementó el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una herramienta diseñada para financiar el pago de indemnizaciones en el sector privado sin alterar el régimen legal vigente.

Este sistema funcionará a través de cuentas individuales por empresa, administradas mediante fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros supervisados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Los aportes se canalizarán a través de ARCA bajo un esquema de portabilidad de fondos.

El régimen entrará en vigencia el 1 de noviembre de 2026 y contempla una reducción de contribuciones patronales equivalente al aporte realizado al fondo. La cobertura alcanzará exclusivamente a los trabajadores registrados en tiempo y forma al menos doce meses antes de la extinción del vínculo laboral.

El Decreto 409/2026 puso en marcha el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER) para incentivar la formalización de trabajadores. El esquema de condonación de deudas previsionales se estructurará de la siguiente manera:

  • 90% de condonación para micro y pequeñas empresas, así como entidades sin fines de lucro.
  • 80% de condonación para medianas empresas.
  • 70% de condonación para el resto de los empleadores.

Las deudas vinculadas con obras sociales, riesgos del trabajo (ART) y el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio quedarán condonadas en un 100%. El saldo remanente podrá abonarse al contado —con una reducción adicional del 50% sobre el capital e intereses no alcanzados— o mediante planes de facilidades de pago.

Finalmente, el Decreto 406/2026 precisó el alcance de las exenciones del Impuesto a las Ganancias para los ingresos provenientes del alquiler de inmuebles destinados a vivienda. Los beneficios regirán para los períodos fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2026, incluyendo aquellos contratos que hayan sido firmados de manera previa a esa fecha.