El gobierno de Javier Milei otorgó un anticipo financiero de hasta $400.000 millones a la provincia de Córdoba para atender necesidades transitorias de financiamiento. La medida busca brindar una respuesta ante problemas de liquidez en la provincia.
El Gobierno Nacional autorizó el otorgamiento de un anticipo financiero de hasta $400.000 millones a la provincia de Córdoba para el Ejercicio Fiscal 2026. La medida, oficializada mediante el Decreto 584/2026, publicado en el Boletín Oficial, tiene como objetivo atender necesidades transitorias de financiamiento en la provincia.
La asistencia financiera será instrumentada por la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, luego del pedido realizado por la administración cordobesa ante dificultades temporales para afrontar compromisos presupuestarios y obligaciones vinculadas a la amortización de deuda. La medida se apoya en el artículo 124 de la Ley 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto, que habilita al Ministerio de Economía a otorgar anticipos financieros a las provincias con cargo a los recursos que les corresponden por la distribución de impuestos nacionales.
Condiciones del anticipo
El decreto establece que el monto definitivo del desembolso será determinado por la Secretaría de Hacienda, que evaluará la capacidad de repago de la provincia y su participación en el régimen de coparticipación federal. Los fondos deberán ser reintegrados durante el ejercicio fiscal 2026 mediante retenciones automáticas sobre los recursos coparticipables que Córdoba percibe del Tesoro Nacional. La operación tendrá una tasa de interés nominal anual del 15%, que se aplicará sobre el saldo pendiente desde el momento del desembolso hasta su cancelación.
Garantías y condiciones
La normativa también faculta a la Secretaría de Hacienda a definir el cronograma de desembolsos, las condiciones de devolución y los restantes aspectos operativos del acuerdo. Como garantía, la provincia deberá afectar los recursos que recibe a través del régimen establecido por la Ley 23.548 de Coparticipación Federal y otros fondos coparticipables hasta cubrir el capital adelantado y los intereses correspondientes.
Antecedentes y contexto
En los fundamentos del decreto se señala que este tipo de herramientas busca brindar una respuesta ante problemas transitorios de liquidez de las provincias. La legislación vigente establece que estos anticipos deben reintegrarse dentro del mes de su otorgamiento, aunque el Poder Ejecutivo puede extender ese plazo hasta el cierre del ejercicio fiscal con intervención del Ministerio de Economía. Durante los últimos meses, se adoptaron medidas similares para otras jurisdicciones, como los anticipos otorgados a Entre Ríos, posteriormente ampliados, y las asistencias de hasta $400.000 millones destinadas a Santa Fe y Jujuy, bajo condiciones equivalentes.
La norma aclara que el anticipo está destinado exclusivamente a cubrir necesidades financieras transitorias y no constituye una asignación de recursos adicionales de libre disponibilidad. La operación contará con la intervención de la Contaduría General de la Nación y la Tesorería General de la Nación, responsables del registro y control de la asistencia financiera.

