El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 7 desestimó este miércoles un pedido de medida cautelar presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT), que buscaba suspender aspectos centrales de la denominada Ley de Modernización Laboral impulsada por el gobierno de Javier Milei.
La resolución, firmada por el juez Enrique Lavié Pico, frena el intento de la central obrera por paralizar la aplicación de los artículos 90 y 91 de la Ley 27.802. Dichos apartados, junto con el convenio de transferencia de competencias judiciales al ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, permanecen así plenamente vigentes tras el fallo.
La presentación judicial de la CGT se había formalizado el pasado 6 de marzo. A través de una acción de amparo, el gremio solicitó la nulidad e inconstitucionalidad de la normativa, argumentando que las modificaciones legales vulneran garantías constitucionales. En su estrategia procesal, la entidad sindical había pedido una medida «innovativa» para congelar los efectos de la ley hasta que se resuelva la cuestión de fondo, sosteniendo que el retraso judicial podría generar perjuicios irreparables.
Sin embargo, el magistrado Lavié Pico fundamentó su rechazo bajo el criterio de que las medidas cautelares de este tipo son de carácter excepcional. Según el fallo, otorgar la suspensión solicitada equivaldría a adelantar una sentencia definitiva sin haber agotado el análisis correspondiente. El juez señaló que no se logró demostrar un «peligro en la demora» lo suficientemente contundente como para justificar una intervención judicial inmediata.
Otro de los puntos clave de la resolución subraya que el proceso de amparo iniciado por la CGT es de naturaleza «sumarísima». Esto implica que los plazos procesales son lo suficientemente breves como para garantizar una decisión rápida sobre la validez de la ley, sin necesidad de dictar medidas preventivas que coincidan con el objeto principal de la demanda.
Con este escenario, la reforma laboral de la administración libertaria suma un nuevo respaldo en los tribunales. No es la primera vez que Lavié Pico interviene en causas de alto voltaje político: a principios de 2024, el mismo magistrado ya había rechazado amparos contra el DNU 70/2023, consolidando una línea jurisprudencial restrictiva frente a los reclamos de las centrales sindicales contra el Ejecutivo Nacional.


