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Fin del mandato de Tamás Sulyok: Hungría entra en una nueva era

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Nuevos pisos y cuotas para ganancias y monotributo

A partir de julio, los trabajadores en relación de dependencia y autónomos enfrentarán nuevos pisos y cuotas para el Impuesto a las Ganancias y el Monotributo. Conoce los detalles y cómo afectarán tus finanzas.

A partir del 1° de julio, los trabajadores en relación de dependencia solteros y sin hijos comenzarán a tributar el Impuesto a las Ganancias con salarios netos de $2.909.507 o más, según el índice de ajuste semestral por IPC del tributo, que aumentó un 16,8% según el INDEC. Esto significa que el salario bruto mínimo para este caso será de $3.505.431.

En el caso de un empleado con cónyuge y dos hijos, el salario neto a partir del cual comenzará a tributar será de $3.386.017, equivalente a un bruto de $4.079.590. Debido a que los empleadores utilizaron una tabla anterior para realizar las retenciones durante la primera mitad del año, es posible que los empleados tengan saldos a favor en la segunda mitad del año.

Las principales deducciones para los empleados en relación de dependencia serán:

* Salario neto: $2.909.507 (solteros sin hijos) y $3.386.017 (con cónyuge y dos hijos)
* Salario bruto: $3.505.431 (solteros sin hijos) y $4.079.590 (con cónyuge y dos hijos)

Por otro lado, los trabajadores autónomos comenzarán a tributar desde un ingreso mensual de $2.256.489,46.

Es importante recordar que en julio se debe realizar la recategorización del Monotributo, considerando la facturación de los 12 meses anteriores y otros parámetros como la superficie del local y el consumo de energía. Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, destacó que «la recategorización de julio de 2026 no es un trámite formal menor, ya que define la carga tributaria y previsional mensual del contribuyente hasta el vencimiento de enero de 2027 y, en los casos más significativos, puede determinar la permanencia en el régimen o la exclusión hacia el régimen general».

Domínguez también recomendó que «el análisis de los doce meses de actividad, contrastado con la categoría que ARCA sugiere de manera automática, es la vía adecuada para evitar diferencias, intereses y sanciones posteriores». Es fundamental estar al tanto de estos cambios para evitar problemas fiscales y asegurarse de cumplir con las obligaciones tributarias.