Riesgo País Argentina • Hoy
419

Burnham asume como primer ministro del Reino Unido con promesas de cambio

Andy Burnham se convierte en el nuevo primer ministro del Reino Unido, prometiendo implementar los mayores cambios en 40 años. Su mandato busca revolucionar...
InicioPOLÍTICANuevos requisitos para jueces de la Corte Suprema

Nuevos requisitos para jueces de la Corte Suprema

El gobierno de Javier Milei oficializó una reforma en el mecanismo de selección de jueces de la Corte Suprema de Justicia. La medida busca acelerar los nombramientos y reducir trámites administrativos.

El gobierno de Javier Milei oficializó este martes una reforma en el mecanismo de selección de jueces de la Corte Suprema de Justicia, así como de las autoridades que encabezan el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa. La medida fue instrumentada mediante el decreto 467/2026, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques.

Objetivos de la reforma

La modificación alcanza a los procedimientos establecidos por los decretos 222 y 588 de 2003, que regulaban las designaciones de los máximos cargos judiciales. Según argumentó el Ejecutivo, el objetivo es acelerar los nombramientos, reducir trámites administrativos y adecuar el sistema a los canales digitales de comunicación actuales.

Cambios en el proceso de selección

Uno de los cambios centrales es la eliminación de la instancia previa de observaciones ciudadanas que se desarrollaba en el ámbito del Ministerio de Justicia antes de que el Poder Ejecutivo enviara los pliegos al Senado. Hasta ahora, los antecedentes de los postulantes debían publicarse y quedar sujetos a opiniones o impugnaciones antes de formalizar la nominación. Desde el Gobierno sostuvieron que ese mecanismo duplicaba procedimientos ya contemplados en la Cámara alta, donde continúan vigentes las audiencias públicas, la recepción de observaciones de la ciudadanía y el tratamiento de los pliegos por parte de la Comisión de Acuerdos.

Participación ciudadana y transparencia

Con la nueva normativa, la participación ciudadana seguirá existiendo, aunque quedará concentrada en la etapa legislativa. En ese sentido, remarcaron que «los mecanismos de publicidad, transparencia y control ciudadano no se eliminan», sino que pasan a desarrollarse exclusivamente en el Senado. La reforma también introduce cambios en la difusión de los antecedentes de los candidatos, que ahora serán publicados en el sitio web oficial del Ministerio de Justicia y en el Boletín Oficial.

Requisitos para los postulantes

Los postulantes deberán presentar en un plazo de cinco días sus declaraciones juradas patrimoniales, incluyendo bienes propios, de su cónyuge o conviviente, del patrimonio conyugal y de los hijos menores, de acuerdo con lo establecido por la Ley de Ética de la Función Pública. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) continuará verificando la situación impositiva y previsional de los candidatos, pero ahora contará con un plazo máximo de cinco días para emitir los informes correspondientes.

Procedimiento constitucional

La nueva reglamentación no introduce cambios en el procedimiento constitucional de designación. Se mantienen intactos los requisitos de aprobación por parte del Senado, incluidas las audiencias públicas, las impugnaciones ante la Comisión de Acuerdos y la necesidad de obtener una mayoría de dos tercios de los legisladores presentes para validar cada nombramiento. Sin embargo, se omite la recomendación dirigida al Presidente para considerar criterios de diversidad de género, especialidad jurídica y representación regional al momento de proponer candidatos para los máximos cargos judiciales.